Sala IV ordena modificar días libres de funcionario público por motivos religiosos
15 marzo 20Municipalidad de Santa Ana le rechazó solicitud
Por: Fernando Muñoz
Fernando.munoz@monumental.co.cr
@Luisferms
La Sala Constitucional le ordenó a la Municipalidad de Santa Ana que modifique el horario de uno de sus policías, por motivos meramente religiosos.
El oficial, miembro de la Iglesia Adventista, presentó un recurso de amparo luego de las autoridades municipales le negaran la posibilidad de tener los sábados libres, pese a que en su culto se considera un día de reposo.
Alonso Mata, vocero de la Sala IV, comentó que el funcionario acudió a los magistrados luego de considerar que existía un impedimento para practicar su fe con libertad.
Tras analizar los hechos, los altos jueces determinaron que un trabajador no está obligado a advertir sobre su culto religioso cuando inicia la relación laboral, ya que se trata de una libertad que puede variar con el tiempo, según la convicción espiritual que en el transcurso de la vida desarrolla el ser humano.
Precisamente, Mata detalló que la sentencia tomó en cuenta esa situación, así como el impedimento a que el policía municipal practicara libremente su creencia.
Los magistrados también condenaron a la Municipalidad de Santa Ana al pago de las costas, daños y perjuicios causados al funcionario.