Conductores tendrán más de un año para pagar infracciones registradas por cámaras

12 febrero 17

Cosevi busca blindar proyecto de sentencias previas de Sala IV

Conductores tendrán más de un año para pagar infracciones registradas por cámaras

 

Por: Fernando Muñoz
Fernando.munoz@monumental.co.cr
@Luisferms

A partir del 2018 los conductores serán multados nuevamente cuando una cámara capte que irrespetaron los límites de velocidad permitidos.

Eso sí, tendrán en algunos casos hasta casi dos años para pagar la infracción, según confirmó el Consejo Nacional de Vialidad (Cosevi).

Esta y otras medidas surgen como parte de las acciones que implementa la institución para blindar el proyecto con el que busca reinstalar cámaras de velocidad, que en un inicio se colocarán en un trayecto de 7 kilómetros sobre la Interamericana Norte y 50 kilómetros sobre la Interamericana Sur.

La directora de Cosevi, Cindy Coto, explicó que en el pasado la Sala IV declaró el proyecto como ilegal por considerar que algunos conductores quedaban en estado de indefensión a raíz de que la multa era notificada por correo electrónico, al cual no toda la población tiene acceso.

Por ende, ahora las sanciones aparecerán en el siguiente marchamo que se deba cancelar, y a partir de ahí la persona tendrá un año más para pagar la multa.

 

 

Por otra parte, Coto confirmó que las multas serán graduales, dependiendo de la velocidad que el conductor haya excedido, debido a que en el pasado los magistrados también se pronunciaron sobre la desproporcionalidad de las sanciones.

Según señaló, la mayor sanción es la que corresponde a conducción temeraria, y representa un monto mayor a los ¢300 mil.

 

 

El proyecto piloto de cámaras para evitar abusos de velocidad se retomará en 2018 en el trayecto entre Palmares de Pérez Zeledón y el centro del cantón, así como en la carretera entre Cañas y Liberia.

En el 2016 más de 400 personas murieron producto de accidentes automovilísticos, en los cuales estuvo implícito en muchas ocasiones el abuso de velocidad.

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