Sala IV ordena a CCSS atender a mujer que tiene 11 meses de tener dispositivo ultrauterino que ya está vencido
27 julio 22Recurrente teme que método anticonceptivo se encarne o no cumpla su función
Por Alejandro Meléndez Díaz
alejandro.melendez@monumental.co.cr
La Sala Constitucional ordenó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) atender, en un plazo de tres meses, a una mujer que indica que tiene un dispositivo ultrauterino vencido y que acumula 11 meses con el artefacto en su organismo.
La recurrente alegó que siente temor de que el dispositivo se encarne o que no cumpla con su función como método anticonceptivo. El alto tribunal acreditó que en el Hospital Tony Facio de Limón le informaron a la mujer que no tenían citas en el departamento de ginecología.
Alonso Mata, vocero de la Sala IV, amplió sobre el caso resuelto por los magistrados constitucionales.
Mata especificó que el alto tribunal recibió los informes y pruebas de las instituciones involucradas.
La Sala Constitucional condenó a la CCSS por los daños y perjuicios causados a la amparada al violentar su derecho a la salud con el tiempo de espera al que fue sometida sin una debida atención.