Vapeo queda prohibido en lugares de trabajo, centros educativos y lugares de recreación tras publicación de reglamento
09 agosto 24Publicado en el Diario Oficial La Gaceta

Pablo Serrano Campos
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Este viernes se publicó en el Diario Oficial La Gaceta un reglamento que señala que el vapeo queda prohibido en lugares de trabajo, centros educativos y lugares de recreación. Se trata de la Ley de regulación de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, sistemas similares sin nicotina y dispositivos electrónicos que utilizan tabaco calentado y tecnologías similares.
De hecho, el texto claro en que no se puede realizar esta práctica en centros comerciales, casinos, clubes nocturnos, discotecas, bares, restaurantes y hoteles; e incluso en instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos y actividades recreativas de cualquier tipo.
Mary Munive, vicepresidenta y Ministra de Salud, explicó la importancia de esta entrada en vigencia del reglamento.
El doctor, Jeancarlo Córdoba, de la Red Nacional Antitabaco (RENATA), dio detalles sobre algunos extractos de este reglamento.
Según el texto, se exige que la venta de estos dispositivos y sus complementos sea presencial para que los vendedores verifiquen la edad de la persona compradora solicitando un documento de identificación, debido a que está prohibido para personas menores de edad.
Asimismo, está prohibido en vehículos o medios de transporte remunerado de personas, ambulancias; por lo tanto, también en terminales de autobús, paradas de bus y taxi, estaciones y paradas de ferrocarril.





