Sala IV declara sin lugar acciones contra venta sin receta médica de ‘pastilla del día después’

22 febrero 24

Contra decreto ejecutivo de 2019

Una foto de la Sala Constitucional

Pablo Serrano Campos
pablo.serrano@monumental.co.cr

La Sala Constitucional declaró sin lugar las tres acciones de inconstitucionalidad que se plantearon en contra de la venta sin receta médica de la ‘pastilla del día después’.

El Tribunal consideró que la regulación de la ‘pastilla del día después’, con su dispensación sin receta médica, no es inconstitucional. Esto se debe a que se trata de una modalidad anticonceptiva de uso ocasional, excepcional o de emergencia, que debe tomarse dentro de las primeras 72 horas. Además, requiere la intervención previa de un farmacéutico, quien debe recetar las dosis y ofrecer las recomendaciones correspondientes.

La Sala destaca que, según la redacción del decreto, no se está regulando un procedimiento con fines abortivos, sino autorizando la «dispensación de anticonceptivos orales de emergencia». En este contexto, se considera como un tipo de método anticonceptivo adicional.

Rubén Hernández, abogado constitucionalista, se refirió a la resolución de la Sala IV.

Además, Fabián Volio, también abogado experto en constitucionalidad, dio detalles sobre la decisión del Tribunal en este caso.

Además, en el Artículo 2º de este decreto, se indica de manera textual que “esta dispensación únicamente se podrá efectuar en establecimientos que cuenten con Permiso Sanitario de Funcionamiento para Farmacia y con el debido asesoramiento farmacéutico”.

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