Café en grano, descafeinado y soluble paga 13% de IVA al excluirse de canasta básica tributaria
01 marzo 23Confirmó el Ministerio de Hacienda
Por: Juan Enrique Soto Sibaja
Si usted suele usar café en grano, descafeinado o soluble, preste mucha atención, ya que estas presentaciones pagan un 13% del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Según la Canasta Básica Tributaria, que entró a regir el 1° de febrero anterior, solamente el café molido paga un 1% del IVA.
¿Por qué ocurre esta situación? Rudolf Lucke, Director General de Hacienda, explicó la razón de este cambio.
Lucke comentó cómo se aplicará el impuesto para los productores de café molido, que compren el grano como materia prima.
Entre los productos para preparar bebidas que sí están incluidos en la nueva canasta básica figura la avena, la cocoa, la horchata, el pinolillo, la leche de soya en polvo, y los tés en ‘bolsitas’.