¿Cuáles son los establecimientos que pueden permanecer abiertos pese a la restricción sanitaria?
02 abril 20Decretado por Ministerio de Salud
Por Febe Cruz Brenes
@febcrubre
En las últimas horas, el gobierno anunció medidas de restricción durante Semana Santa para evitar la propagación del Covid-19. Entre estas, se anunciaron cierre de locales comerciales y restricción de vehículos.
¿Pero cuáles establecimientos comerciales quedan excluidos de esta medida? Este miércoles en horas de la noche el ministro de Salud, Daniel Salas, detalló esas exclusiones y acá las compartimos con ustedes:
- a) Los servicios a domicilio.
- b) Las instituciones que por la naturaleza de sus funciones deben permanecer abiertas como los servicios de migración, aduanas, fitosanitario del Estado, puestos fronterizos terrestres, marítimos y aéreos, entre otros.
- c) Los establecimientos de salud públicos y privados (clínicas, farmacias, hospitales, laboratorios, consultorios, servicios de radiodiagnósticos, servicios de emergencias, entre otros), así como las clínicas veterinarias.
- d) Supermercados, abastecedores, panaderías, carnicerías, verdulerías y pulperías.
- e) Establecimientos de venta de insumos agropecuarios, con una reducción de su capacidad máxima de ocupación normal al cincuenta por ciento (50%).
- f) Establecimientos de suministros de higiene, con una reducción de su capacidad máxima de ocupación normal al cincuenta por ciento (50%).
- g) Servicios bancarios púbicos o privados, con una reducción de su capacidad máxima de ocupación normal al cincuenta por ciento (50%).
- h) Funerarias y/o capillas de velación, con una reducción de su capacidad máxima de ocupación normal al cincuenta por ciento (50%).
- i) Establecimientos públicos y privados donde hay comercialización de productos agrícolas, pecuarios, pesca y acuicultura, tales como ferias y mercados, con una reducción de su capacidad máxima de ocupación normal al cincuenta por ciento (50%).
- j) Los centros de la red de cuido y desarrollo infantil.
- k) Centros de atención de personas en condición de vulnerabilidad.
- l) Todos aquellos otros establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento que no brinden atención al público presencial.
La lista de excepciones en restricción vehicular será compartida durante el día.