Sala IV: Tanques para almacenar combustible en “bombas” no pueden exceder vida útil

25 marzo 26

Declararon con lugar acción contra decreto ejecutivo

Sala IV: Tanques para almacenar combustible en “bombas” no pueden exceder vida útil

Por Alejandro Meléndez Díaz

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La Sala Constitucional declaró con lugar una acción en contra de un decreto ejecutivo del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) que permitía que los tanques que almacenan combustible en las estaciones de servicio puedan exceder su vida útil más allá de la garantía del fabricante.

Según el alto tribunal, la normativa impugnada es inconstitucional por infringir la protección debida al recurso hídrico, la salud, la vida y el medio ambiente y se está ante una regresión, cuando se baja el nivel de rigurosidad en una norma, como ocurre en el caso de las disposiciones cuestionadas.

Ingrid Hess, magistrada de la Sala IV, indicó que se tomaron en cuenta antecedentes de derrames de combustibles en distintas estaciones de servicio.

Pablo Guzmán, del Departamento de Ingeniería de la Cámara de Empresarios del Combustible, se refirió a este fallo.

La Sala confirmó que la sentencia tiene efectos retroactivos a la fecha de vigencia de la normativa anulada.