El 25 de julio y el 2 de agosto serán feriados: ¿Cómo deben pagarse?

22 julio 25

Depende del tipo de contrato y si se trabaja ese día

El 25 de julio y el 2 de agosto serán feriados: ¿Cómo deben pagarse?

Por: Juan Enrique Soto Sibaja
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El 25 de julio y el 2 de agosto serán feriados, pero no se aplican de la misma forma: uno es de pago obligatorio y el otro pago no obligatorio, según lo establece el Código de Trabajo.

El 25 de julio, Día de la Anexión del Partido de Nicoya, es un feriado de pago obligatorio. Si la persona no trabaja, debe recibir su salario como si lo hubiera hecho. Si trabaja, debe recibir pago doble, y si hace horas extra, se deben pagar como triple jornada.

Así lo explicó Cristhian Monge, experto de BDS Asesores.

El 2 de agosto, Día de la Virgen de los Ángeles, es un feriado de pago no obligatorio, salvo para quienes tienen salario mensual, quincenal o semanal en comercio. En esos casos, si trabajan, se les paga doble.

Monge amplió sobre esta modalidad de pago.

El 31 de agosto será feriado por el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense.

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