Dirección Jurídica de la CCSS concluye que se debe suspender salario de Presidenta Ejecutiva tras medida cautelar

22 octubre 24

Jurisprudencia vinculante

CCSS

Por Andrés Alvarado

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La Dirección Jurídica de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) señaló que, conforme a la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional, no debe pagarse el salario de los funcionarios suspendidos, como es el caso de la presidenta ejecutiva, Marta Esquivel, quien enfrenta una medida cautelar de seis meses por el caso Barrenador.

La normativa establece que no se debe pagar remuneración a un trabajador impedido de ejercer sus funciones debido a una medida cautelar. Así lo confirma un documento al que Noticias Monumental tuvo acceso, en el cual la Dirección de Administración y Gestión de Personal de la CCSS solicitó un criterio al respecto.

Ante este panorama se indica que, con ocasión a la medida cautelar de suspensión del cargo impuesta a la Presidenta Ejecutiva y a la Gerente General de la Institución, María de los Ángeles Gutiérrez; se debe proceder con la suspensión salarial.

La abogada laboralista, María Salazar, analizó lo expuesto por la Dirección Jurídica de la CCSS.

El jurista, Mario Varela, también emitió su criterio al respecto.

Deivis Ovares, representante de la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA), reaccionó al criterio jurídico.

En el caso de los directivos suspendidos, esta medida no es necesaria, ya que sus dietas son cobradas precisamente al participar de sesiones de Junta Directiva.

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