Sala IV informa que plan de extinción de dominio es constitucional en la mayoría de los artículos consultados
08 octubre 24Evacuó consulta

Por Alejandro Meléndez Díaz
alejandro.melendez@monumental.co.cr
La Sala Constitucional resolvió que el proyecto de Ley sobre extinción de dominio es constitucional, con la excepción de un artículo que tiene que ver con la notificación de denuncias.
Esta legislación fue presentada por el Gobierno de Carlos Alvarado en diciembre de 2021 y busca permitirle a la Fiscalía, sin una denuncia previa, solicitarle al Juzgado Contencioso Administrativo asegurar, secuestrar, conservar o verificar bienes y productos financieros de interés cuando existan indicios de que fueron adquiridos con capital sospechoso.
Fernando Castillo, magistrado presidente de la Sala IV, dijo que la decisión del alto tribunal fue unánime.
Los magistrados descartaron que exista una transgresión al principio de inocencia en cuanto a la carga probatoria, también negaron que pueda infringirse la razonabilidad y la proporcionalidad en el expediente que busca ser convertido en Ley de la República.
Castillo explicó el artículo en el que detectaron un vicio de constitucionalidad.
La observación de la Sala, por ser un tema de fondo, no es vinculante en lo que establece la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Es decir, el proyecto puede continuar su trámite en el Congreso.