Sala IV condena a la CCSS por no aplicar vacuna contra el Papiloma Humano a niño de 10 años en Palmares
07 agosto 24Ordena vacunar al menor
Por Alejandro Meléndez Díaz
alejandro.melendez@monumental.co.cr
La Sala Constitucional condenó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por el caso de un niño al que no se le vacunó contra el Virus del Papiloma Humano, a pesar de que su mamá lo solicitó al Ebais de Esquipulas en Palmares.
Según el alto tribunal, a la accionante le indicaron que esta inmunización estaba dirigida a niñas entre los 10 y los 12 años. De forma que, si quería vacunar a su hijo, debía hacerlo por la vía privada.
Sin embargo, la recurrente alegó que eso representa un costo muy elevado que no puede pagar. Por lo que planteó el recurso de amparo al considerar que la postura de la CCSS constituye una discriminación de género y una desigualdad que transgrede el derecho a la salud digna y preventiva de los hombres menores de edad.
Denise Mora, vocera de la Sala IV, ofreció más contexto sobre esta resolución de los magistrados constitucionales.
De acuerdo con la resolución, se convocó a la accionante el 24 de junio de 2024 en el Ebais de Esquipulas para vacunar al menor. Sin embargo, la Sala Constitucional no tiene como un hecho probado que efectivamente se haya inmunizado al niño con la vacuna contra el Papiloma Humano.
Mora recalcó que la Sala le dio tres días hábiles, a partir de la notificación de la sentencia, a la directora del Área de Salud de Palmares para que se le aplique la dosis al menor, en caso de que no se haya hecho.
Se intentó obtener una respuesta de la CCSS sobre este caso, sin embargo, al cierre de esta nota no se obtuvo una respuesta.