Sala IV: Trabajadores despedidos pueden exigir a patronos detallar motivos de la decisión
03 septiembre 21Por: Fernando Muñoz
Fernando.munoz@monumental.co.cr
Una reciente sentencia de la Sala Constitucional reafirma que cuando un patrono rescinde de los servicios de un colaborador, este último puede exigir que en la carta de despido se especifiquen los motivos por los cuales se tomó la decisión, aún cuando se trate de un despido con responsabilidad patronal.
Los magistrados declararon con lugar un recurso de amparo presentado por un hombre que fue despedido de su trabajo, luego de que el patrono únicamente le indicara por escrito que había decidido “prescindir de sus servicios como soportista técnico, con responsabilidad patronal y al amparo del artículo 35 del Código de Trabajo”.
En su fallo, los jueces indicaron que se vulneraron los derechos fundamentales del trabajador despedido, debido a que también debió incluirse en la carta de despido la forma en que el hombre laboró y las causas de su despido. Estos, según la Sala IV, son aspectos que deben estar consignados en este documento si el funcionario lo solicita.
El especialista en Derecho Laboral, Erick Briones, dijo que los magistrados ratificaron lo establecido en la Reforma Procesal Laboral.
Por otra parte, Briones aclaró que esta sentencia no elimina el derecho al libre despido que existe en el sector privado en Costa Rica.
Cuando el despido se ejecuta por una falta atribuida al trabajador, la carta de despido también debe detallar de manera clara los motivos por los cuales se llegó a esa conclusión.