Patronos deben permitir a colaboradores ir a votar y formar parte de juntas receptoras de votos

14 enero 20

Elecciones municipales se llevarán a cabo el 2 de febrero

Patronos deben permitir a colaboradores ir a votar y formar parte de juntas receptoras de votos

Por: Andrés Navarro

andres.navarro@monumental.co.cr

@anavarro0810

Las elecciones municipales del 2020 están a la vuelta de la esquina pues se celebran el próximo domingo 2 de febrero.

Ante esta situación, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) hace un llamado a todos los patronos a cumplir con sus obligaciones y permitir a los colaboradores que deben trabajar ese día, tener un tiempo disponible para ejercer su voto; el acuerdo puede incluir tener libre el día completo o tan solo un tiempo prudencial.

Gerardo Abarca, secretario general del Registro Electoral, confirmó el derecho que tiene los trabajadores para ir a votar el 2 de febrero.

Abarca también habló sobre las consecuencias para los patronos en caso de que incumplan con sus obligaciones.

Las sanciones para los patronos que no permitan ir a votar a sus trabajadores están estipuladas en el artículo 69 del Código de Trabajo y en el 292 del Código Electoral.