Sala IV recuerda que condominios pueden restringir tenencia de mascotas a inquilinos
12 julio 22Rechazan recurso
Por Alejandro Meléndez Díaz
alejandro.melendez@monumental.co.cr
La Sala Constitucional recordó, en un fallo reciente, que los condominios están en toda la potestad de restringir o prohibir la tenencia de mascotas a los inquilinos que aceptan vivir en ese espacio.
El alto tribunal indicó que, cuando una persona necesita de un animal para un asunto terapéutico, debe justificarlo por escrito con el aval de un profesional del área.
Alonso Mata, vocero de la Sala IV, indicó que el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS) debe reconocer que los animales tienen esa funcionalidad para el inquilino.
Mata comentó que incluso los condominios pueden prohibir determinadas razas de perros y gatos si así lo considera la Junta Administrativa.
El fallo de los magistrados constitucionales indica que los condominios también pueden girar instrucciones correctivas y obligar a un inquilino a desalojar su mascota si causa problemas en las instalaciones.