Sala IV anula pago de cesantía a funcionarios que renuncian del INS

20 septiembre 19

Considera inconstitucional el beneficio otorgado a los empleados

Sala IV anula pago de cesantía a funcionarios que renuncian del INS

Por: Fernando Muñoz
Fernando.munoz@monumental.co.cr
@Luisferms

La Sala Constitucional anuló el pago de cesantía a los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros (INS) que renuncian a su cargo.

Los magistrados declararon con lugar una acción de inconstitucionalidad presentada en contra del artículo 160 de la convención colectiva de la institución, específicamente el inciso b, el cual establece que el trabajador que renuncie tendrá derecho a que se le pague el auxilio de cesantía en función de su antigüedad.

Según el reclamo presentado ante la Sala, el beneficio representa un indebido manejo de los fondos públicos, que resulta contrario a los principios de igualdad, razonabilidad y proporcionalidad; al establecer un privilegio indebido para los servidores públicos.

El especialista en Derecho Laboral, Erick Briones, señaló que el auxilio de cesantía fue creado con un espíritu totalmente distinto.

En mayo del año anterior los magistrados también anularon el pago de preaviso y cesantía que recibían los funcionarios que renunciaban del Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart).

De acuerdo con el especialista, este tipo de sentencias marcan un precedente, para que se puedan anular privilegios similares en otras instituciones.

Para los funcionarios con más de un año de antigüedad y menos de cinco, se pagaba una cesantía del 50% del salario mensual, por cada año de servicio. Ese porcentaje aumentaba a 75% del salario si el trabajador tenía más de cinco y menos de diez años de laborar en el INS, y el 100% del salario por cada año laborado para aquellos con más de diez años.

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